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  • Abogado especialista y magister(c) en ciencias penales, con amplia trayectoria como litigante en derecho penal, profesor titular de derecho de la UCC, investigador y mentor del semillero Academia de Beccaria. Conferencista internacional en asuntos penales y constitucionales, analista jurídico de Focus Noticias.

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Invitación como experto jurista a la Corte Constitucional

Invitación como experto jurista a la Corte Constitucional El profesor Giraldo Mora, figura destacada en el ámbito jurídico, ha sido invitado para participar como experto en el Expediente D0015724 de la Corte Constitucional de Colombia, en estricto cumplimiento de los autos del 15 de marzo y 15 de abril del presente año. ​Su amplia experiencia y profundos conocimientos constituyen un tesoro invaluable para enriquecer el proyecto de fallo y asegurar la excelencia y pertinencia de las decisiones que se tomen en este proceso legal, conforme a la Ley 65 de 1993, artículo 115, bajo la dirección del Magistrado Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar. Esta invitación destaca la trayectoria y reconocimiento del profesor, tanto dentro como fuera de las aulas universitarias. Su dedicación a la excelencia académica y su significativo aporte al desarrollo del derecho en Colombia son una fuente de inspiración para las nuevas generaciones de futuros y futuras profesionales del derecho. La participación del profesor refuerza el firme compromiso de la comunidad académica con la justicia y el Estado de derecho. Su presencia asegura un análisis minucioso y detallado de todos los aspectos relevantes del caso, lo que promueve una resolución justa y equitativa basada en sólidos principios legales.

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Noticias Jurídicas

Corte Suprema de Justicia le niega la libertad a Salvatore Mancuso

Bogotá, D.C., miércoles 13 de noviembre de 2024. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la negativa de libertad del exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Salvatore Mancuso Gómez al ser designado mediante Resolución Presidencial como Gestor de Paz. La Sala explicó las razones para confirmar la negativa a otorgarle la libertad. “Al analizar el alcance de la paz en relación con la justicia y los derechos de las víctimas, se advierte la falta de proporcionalidad de la medida pretendida por el Gobierno Nacional”, se lee en la decisión. La providencia añade que la jurisprudencia constitucional ha establecido un test de proporcionalidad capaz de determinar si la medida “resulta idónea y operante por constituirse en necesaria y proporcional a los fines buscados”, concluyendo que si bien, la suspensión de las medidas de aseguramiento persigue una finalidad legítima (como lo es contribuir con la paz), lo cierto es que, en asuntos transicionales, la Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han determinado que el propósito de lograr la paz no es ilimitado. “Lo anterior, pues debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de DDHH, lo que

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